La pensión de alimentos es la contribución económica que corresponde a los progenitores para cubrir las necesidades de sus hijos: alimentación, vivienda, educación, sanidad. No es un castigo ni un premio, es una obligación legal compartida.
Cómo se calcula, en términos generales
No existe una tabla fija obligatoria en España. El Consejo General del Poder Judicial ofrece una calculadora oficial orientativa que tiene en cuenta los ingresos de ambos progenitores, el número de hijos, el tipo de custodia y el coste de vida de la zona — pero la cifra final la determina un juez (o el acuerdo entre las partes), no una fórmula automática.
Mitos comunes
- "Con custodia compartida no hay pensión": falso. Sigue existiendo si hay diferencia de ingresos entre progenitores
- "Es una cantidad fija que no cambia": falso. Se actualiza normalmente según el IPC, y puede modificarse judicialmente si cambian las circunstancias de forma sustancial
- "Deja de pagarse si el hijo cumple 18 años": no necesariamente. Puede mantenerse mientras el hijo curse estudios y no tenga independencia económica
Qué hacer si la situación económica cambia
Si tus ingresos bajan o suben de forma relevante y sostenida, se puede solicitar una modificación de medidas ante el juzgado — no se puede simplemente dejar de pagar por cuenta propia.
Para tu caso concreto
Esta es información general orientativa. La calculadora del CGPJ y un abogado de familia son tus mejores referencias para una cifra ajustada a tu situación real.